Requisitos para solicitud de historia clínica de pacientes fallecidos

La corte constitucional definió en la sentencia T-158 A, T-303 de 2008, T -837 de 2008, los requisitos mínimos para permitir el acceso a la historia clínica por parte del núcleo familiar del paciente que fallece. Solo en los casos en los que el archivo sea solicitado por los ascendentes y descendentes más cercanos.

 

Si es padre o madre:

Fotocopia legible del registro civil de defunción del paciente

Fotocopia legible del registro civil de nacimiento del paciente fallecido.

Cédula original del paciente fallecido

Cédula original de quien reclama la fotocopia de la historia clínica

Si es hijo(a) del paciente:

Fotocopia legible del registro civil de defunción del paciente

Fotocopia legible del registro civil de nacimiento de quien

Cédula original del paciente fallecido

Cédula original de quien reclama la fotocopia de la historia clínica

Si es esposo (a):

Fotocopia legible del registro civil de defunción del paciente

Fotocopia legible de la partida de matrimonio con antigüedad no mayor a 6 meses

Cédula original del paciente fallecido

Cédula original de quien reclama la fotocopia de la historia clínica

 

Si es compañero(a) permanente:

Fotocopia legible del registro civil de defunción del paciente

Declaración de unión marital de hecho con dos testigos con antigüedad no mayor a 6 meses

Cédula original del paciente fallecido

Cédula original de quien reclama la fotocopia de la historia clínica